CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES
En Santiago de Chile a la fecha de esta inscripción se celebra el presente Convenio de Prestación de Servicios Educacionales entre la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Rut 60.910.000-1, por una parte, representado por su Director don Leonardo Letelier, de Santiago, ambos domiciliados para estos efectos en Santa Lucía Nº240, Santiago; y quien suscribe como interesado/a quien en este acto reserva, paga y/o documenta el arancel en el programa académico indicado en la plataforma de inscripción y/o en la ficha de registro alojada en secretaría.
PRIMERO
La Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile se compromete a:
a. Impartir el Programa, de acuerdo con los planes y programas aprobados
b. Disponer de docentes idóneos, seleccionados en base a los antecedentes que los habilitan para llevar a cabo el programa de postgrado o Diplomado que imparten.
c. Velar porque los/las docentes den cumplimiento adecuado y oportuno a los planes y programas; como asimismo de las normas de evaluación y promoción de los/as alumnos/as, establecidas en la Reglamentación vigente.
d. Planificar la ejecución del programa entre los días lunes a viernes en las condiciones específicas de horario que se detallan en la programación de éste, pudiendo además la institución disponer para estos fines el sábado, todo ello en dependencias del Instituto o asignadas especialmente para estos efectos según requerimiento del programa académico. Para los diplomas e-learning, la ejecución del programa estará asegurada por el acceso a los contenidos en la plataforma virtual que permitirá la interacción con las unidades y el contacto con los/as docentes.
e. La Institución se reserva el derecho a no impartir alguna versión del Diplomado si éste no alcanza el mínimo de alumnos/as inscritos/as necesarios en cuyo caso hará devolución al alumno/a de cualquier suma que haya cancelado por este concepto, de acuerdo con las condiciones establecidas en el acápite tercero de este documento, una vez que el acto administrativo que autoriza dicha devolución se encuentre totalmente tramitado.
f. En caso de imprevistos o fuerza mayor que afectaran el normal desarrollo de las actividades lectivas del programa, el Instituto de Asuntos Públicos garantizará siempre su dictación empleando todo tipo de modalidades a su alcance (presencial, semipresencial y no presencial), reprogramando sesiones de clases o habilitando plataformas educacionales en línea, entre otras acciones posibles, con el objetivo de asegurar la emisión de contenidos que permitan cumplir académicamente con los temas del programa.
SEGUNDO
Por su parte el/la alumno/a se compromete a:
a. Cumplir con todas las actividades académicas programadas y planificadas.
b. Cumplir con el calendario académico y las evaluaciones.
c. Participar y aportar en su propia formación.
d. Actuar con respeto en su interacción con sus compañeros, profesores y personal de la Institución, velando además por el cuidado de los bienes de la Institución.
e. Cumplir con las exigencias de asistencia a clases que el programa académico establezca.
f. Informarse de sus notas y evaluaciones, así como de los aspectos no logrados en sus
aprendizajes.
g. Mantener al día sus pagos del arancel.
TERCERO
El proceso de formalización como alumno/a regular del Diploma está integrado por dos etapas.
La primera de ellas es la inscripción al Diploma. Podrán ingresar a los programas académicos de postítulo sólo aquellos/as interesados/as quienes posean un Título Profesional Universitario, Nacional o Extranjero, y/o grado equivalente de Licenciado, o Titulo Técnico Profesional con un mínimo de 8 semestres. Éste deberá ser escaneado y enviado junto a la cédula de identidad y el Título Profesional o grado académico, según corresponda. Una vez que la confirmación de dictación del Programa se hubiese efectuado por parte del Instituto de Asuntos Públicos, junto con adjuntar el comprobante solicitado, el estudiante deberá entregar copia de los documentos (Certificados, Diplomas u otros que se requieran) en original o en copia autenticada ante notario (a excepción de los otorgados por la Universidad de Chile).
La segunda de ellas es la documentación del arancel. El costo del programa académico se entiende conocido y asumido al instante de realizar esta inscripción y documentación asociada al valor del programa. Si el alumno/a obtuviere algún beneficio externo (Becas u otros) primará la aplicación de dicho beneficio por sobre otros descuentos y convenios internos.
El pago del arancel podría efectuarse mediante transferencia bancaria, depósito, transbank (por este sistema se genera un cobro adicional por gastos operacionales) o pagaré en el número máximo de cuotas informadas en el sitio www.diplomasuchile.cl.
En el caso de aquellas inscripciones y/o aranceles que sean cubiertos por instituciones (Mercado Público) se solicita emitir órdenes de Compra al Usuario: Universidad de Chile – Instituto de Asuntos Públicos – Escuela de Postgrado.
Los descuentos aplican en las condiciones informadas en el sitio www.diplomasuchile.cl
Para efectuar el pago del arancel puede optar vía transferencia electrónica en Banco Santander, Cta. Cte.: 01-81907-0, Titular: Universidad de Chile Rut: 60.910.000-1. Junto con adjuntar el comprobante solicitado en esta plataforma, se solicita enviar copia de depósito y/o transferencia bancaria a dcarvaja@iap.uchile.cl y al email plizardi@uchile.cl. También se encuentra a disposición de los estudiantes un formato de pagos vía WebPay que será oportunamente informado por la secretaría de la unidad de diplomas de la Escuela de Postgrado del INAP a quienes lo soliciten.
Una vez registrado el pago del arancel, el/la alumno/a tendrá cinco días corridos para expresar por escrito su retracto, o hasta la comunicación formal de confirmación del inicio de las clases, lo que ocurra primero. En caso de retracto ocurrido dentro de plazo, solamente se devolverá el 75% del arancel. En caso de retracto expresado fuera del plazo indicado, el alumno quedará liberado de asistir al programa, pero no tendrá derecho a devolución de aranceles.
CUARTO
En caso de que el alumno desee cambiarse a otro programa impartido por el Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile, dentro del mismo año calendario, podrá imputar a ese otro programa los aranceles pagados o documentados en el programa de origen, sin perjuicio de las homologaciones o reconocimiento de asignaturas aprobadas, así como otras condiciones que el comité u órgano coordinador del programa establezca para tales efectos.
QUINTO
En el caso de los Programas de Postgrado, el proceso de obtención del grado académico es un componente esencial para todos los efectos académicos, por lo cual el/la alumno/a deberá mantener su condición de alumno regular para cumplirlo. La misma condición deberá cumplirse en caso de reprobación o no realización de alguna etapa del proceso.
SEXTO
El/la alumno/a declara en este acto que ha sido debidamente informado que en el sitio web de la Universidad de Chile tiene acceso a todas las regulaciones aplicables a los servicios educacionales que en este instrumento se regulan, en especial, el Estatuto de la Universidad de Chile, el Reglamento General de Facultades, el Reglamento General de Institutos, el Reglamento sobre Diplomas y el Reglamento de Jurisdicción Disciplinaria de los Estudiantes. Asimismo, declara estar debidamente informado que el presente contrato de prestación de servicios educacionales se encuentra regido por lo dispuesto en el artículo 2º letra d) de la Ley Nº 19.496
SEPTIMO
El presente Convenio tendrá validez para impetrar derechos y beneficios del/la alumno/a mientras éste mantenga su calidad de alumno/a regular.
OCTAVO
Para cualquier consulta o inquietud el horario de atención telefónico, virtual y/o presencial será de Lunes a Jueves entre las 09:00 a 12:30 hrs y de 15:00 hasta las 17:00 hrs y los Viernes desde las 09:00 hasta las 12:30 hrs en dependencias de la Unidad de Diplomas de Postitulo del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile fono 229771519 y/o al email dcarvaja@iap.uchile.cl.